Preguntas frecuentes
¿Cómo grava el IRS las criptomonedas?
El IRS trata las criptomonedas como propiedad, no como moneda. Cada disposición imponible -vender por efectivo, intercambiar una moneda por otra o gastarla en bienes- genera una ganancia o pérdida de capital basada en la base de costo frente a los ingresos. Mantenerla más de 1 año califica para las tasas de ganancias de capital a largo plazo (0%, 15% o 20%); menos de 1 año se grava a las tasas de ingreso ordinario.
¿Debo reportar cripto si solo compré y la mantuve?
No. Comprar cripto con USD y mantenerla no es un evento imponible: no hay realización. Sin embargo, debes responder "Sí" a la pregunta del IRS sobre activos digitales en el Form 1040 solo si recibiste, vendiste, intercambiaste o de otro modo dispusiste de activos digitales. Solo comprar y mantener cuenta como "No" en esa línea.
¿Son imponibles las recompensas de staking y los airdrops?
Sí. Las recompensas de staking, los ingresos de minería y los airdrops son imponibles como ingreso ordinario a su valor justo de mercado al recibirlos, incluso si no vendes. La recepción establece tu base de costo para futuras ganancias o pérdidas de capital al vender. El impuesto de trabajo por cuenta propia también puede aplicar a la minería activa como negocio.
¿Aplica la regla de wash-sale a las criptomonedas?
A partir de 2026, la regla de wash-sale (que no permite pérdidas sobre valores sustancialmente idénticos vendidos y recomprados dentro de 30 días) NO se aplica a las criptomonedas: esto crea una oportunidad de cosecha de pérdidas fiscales. Varias propuestas del Congreso cerrarían este vacío legal, así que la ley podría cambiar. Rastrea todas las transacciones con cuidado porque el nuevo Form 1099-DA exige a los corredores reportar la base a partir de 2026.
Cortesía de AllCalculators.io
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Solo información general. No es asesoría fiscal.
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Esta calculadora ofrece información general sobre impuestos con fines educativos y no constituye asesoría fiscal. Las leyes tributarias cambian y varían según la jurisdicción y las circunstancias individuales. Consulta a un profesional fiscal calificado o a un CPA para asesoría sobre tu situación específica.